sábado, 18 de septiembre de 2010

Semana por la educación pública



ANTE LA FALTA DE RESPUESTA A LOS RECLAMOS DOCENTES

EL 16 y 17 DE SETIEMBRE PARO NACIONAL DE LOS DOCENTES UNIVERSITARIOS CON
CLASES PÚBLICAS Y MARCHA EN DEFENSA DE LA EDUCACIÓN PÚBLICA Y POR EL
PRESUPUESTO El jueves 16, 18 hs., en CONGRESO


Seguimos sin tener respuesta a nuestros reclamos.
El Gobierno no reabre la Mesa de Negociación para discutir la necesaria
recomposición salarial, el sueldo para los ad honorem, la derogación del
impuesto a las ganancias sobre los salarios, la estabilidad laboral con
carrera docente.

El ministro Alberto Sileoni convocó a la CONADU Histórica a una reunión
que posteriormente él mismo levantó.

En lo que va del año, los docentes universitarios solo cobramos un 15% de
incremento salarial en dos cuotas. Entretanto, nos descuentan un 2% para
garantizar la movilidad jubilatoria que no cumplen. A esto se suma la
confiscación del 4,5% para miles de docentes por parte de la Caja
Complementaria. Nuestro salario, parcialmente recompuesto a partir de la
lucha del 2005, hoy se está depreciando.

Los estudiantes secundarios no ceden ante el gobierno de la Ciudad su
reclamo por la implementación de un urgente plan de obras para garantizar
condiciones edilicias decentes en los colegios.

En ese contexto convocamos a una Semana en Defensa de la Educación Pública
y por el Presupuesto del 13 al 17 de septiembre.

Pero la crisis en la UBA no solo se expresa en los temas antes
mencionados. La falta de inversión en infraestructura, que ya es crónica,
se evidencia en edificios que no satisfacen las condiciones mínimas para
estudiar y trabajar en condiciones dignas. Los reclamos para que se
solucionen estos problemas han llevado a que Sociales y Filo estén
tomadas, con clases públicas para exigir la realización de obras edilicias
postergadas.

En Arquitectura crece la lucha por la reincorporación de más de 500
docentes despedidos,

En Ingeniería, el decanato está ocupado en rechazo a la CONEAU y por la
realización de un plebiscito.

- Exactas se moviliza para exigir que se eliminen los condicionamientos
de la CONEAU para asignar becas, subsidios e incentivos que se fundamenta
en la Ley de Educación Superior y un decreto de la época menemista
(1661/96), que siguen vigentes a pesar de la retórica del gobierno
nacional.

- Por una verdadera autoevaluación de grado y posgrado en base a
criterios decididos democráticamente, y no a la medida de la CONEAU.

- Por la realización de las obras y el mantenimiento necesarios para
mejorar las condiciones de trabajo y resolver las crecientes necesidades
de espacio.

POR ESTAS REIVINDICACIONES CONVOCAMOS A TODOS LOS DOCENTES DE NUESTRA
FACULTAD A CONFLUIR CON LOS ESTUDIANTES Y DOCENTES DE TODOS LOS NIVELES
EDUCATIVOS EN LA MARCHA NACIONAL EDUCATIVA EL PROXIMO JUEVES 16 DE
SEPTIEMBRE


Concentramos el Jueves 16 en el Ministerio de CyT después del mediodía,
para confluir después con la Marcha Nacional Educativa con AGD UBA a las
18 hs en R. Peña y Rivadavia.


SUMATE!
Para que “la Educación Pública como prioridad” sea algo más que un eslogan
de campaña, no te quedes afuera.

jueves, 16 de septiembre de 2010

Decreto de Menem acerca de la CONEAU y las becas

Ver articulo 24.

Buenos Aires, 27 de diciembre de 1996
VISTO el Decreto N° 747 de fecha 8 de julio de 1996 y la Ley N°24.629, y
CONSIDERANDO:
        Que en el marco de la Reforma del Estado II es propósito del Gobierno Nacional lograr una mayor eficiencia en las distintas áreas de la Administración Pública, con el objeto de optimizar el uso de los recursos.
        Que en el caso particular del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS (CONICET), se ha dispuesto una intervención con el objeto de elaborar una propuesta de reorganización y normalización de la Institución.
        Que el CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS ha sido desde su creación, en el año 1958, un organismo fundamental para el desarrollo de la Ciencia y Tecnología en el país, y constituye un importante instrumento de la política de ciencia y tecnología del Gobierno Nacional.
        Que por el Decreto N°1273 del 7 de noviembre de 1996 se ha creado el GABINETE CIENTIFICO-TECNOLOGICO (GACTEC), en jurisdicción de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el que definirá las prioridades nacionales en el área y el Plan Nacional Plurianual de Ciencia y Tecnología, y que por Decreto N°1274 de la misma fecha, aprobatorio de la estructura organizativa del MINISTERIO DE CULTURA Y EDUCACION, se han asignado las funciones de formulación de políticas científicas y tecnológicas a la SECRETARIA DE CIENCIA Y TECNOLOGIA del mencionado Departamento de Estado.
        Que la experiencia internacional, tanto en países desarrollados como en desarrollo, muestra la conveniencia de separar las funciones de formulación de políticas, de promoción y de ejecución de las actividades de investigación científica y tecnológica.
        Que el propósito de contar con una instancia de promoción independiente de las responsabilidades de ejecución, ha conducido a la propuesta de creación de una Agencia Nacional de Promoción Científica y Tecnológica, circunstancia que debe ser tenida en cuenta para la reorganización del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS (CONICET).
        Que en la actualidad, el mencionado organismo, tiene dentro de su jurisdicción un importante número de Centros, Institutos y Laboratorios y además administra las Carreras del Investigador Científico y Tecnológico, y del Personal de Apoyo a la Investigación y Desarrollo.
        Que estos importantes instrumentos del desarrollo científico-tecnológico nacional merecen ser fortalecidos y mejorados mediante la aplicación de criterios de calidad y eficiencia.
        Que las actividades de investigación científica y de investigación tecnológica exigen modalidades de evaluación y control claramente diferenciadas.
        Que es conveniente que el CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS (CONICET) goce de autarquía en el cumplimiento de sus responsabilidades dentro del marco de las políticas definidas por el Gobierno Nacional, por lo cual debe contemplarse la realización de auditorías externas periódicas adecuadas.
    Que en tal sentido el CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS se encuentra encuadrado en los términos de los Decretos Nros. 928 del 8 de agosto de 1996 y 1.207 del 24 de octubre de 1996, y por lo tanto el presente forma parte del Plan Estratégico allí requerido.
        Que es necesario mejorar las normas y procedimientos del organismo, atendiendo a las observaciones de la AUDITORIA GENERAL DE LA NACION.
        Que han tomado la intervención que les compete la UNIDAD DE REFORMA Y MODERNIZACION DEL ESTADO, la SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA, la COMISION TECNICA ASESORA DE POLITICA SALARIAL DEL SECTOR PUBLICO y el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE CULTURA Y EDUCACION.
        Que la presente medida se dicta en uso de las facultades otorgadas por el artículo 99, inciso 1°) de la CONSTITUCION NACIONAL y la Ley N°24.629.
            Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
TITULO I:DE LAS MISIONES Y FUNCIONES
Artículo 1: El CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS (CONICET) funcionará como ente autárquico del Estado Nacional en jurisdicción de la SECRETARIA DE CIENCIA Y TECNOLOGIA del MINISTERIO DE CULTURA Y EDUCACION, y tendrá por misión el fomento y ejecución de actividades científicas y tecnológicas en todo el territorio nacional y en las distintas áreas del conocimiento.
Artículo 2: Para el cumplimiento de sus fines, el CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS (CONICET) deberá aplicar las políticas generales fijadas por el Gobierno Nacional a través del Plan Nacional Plurianual de Ciencia y Tecnología, la definición de prioridades y los lineamientos de la SECRETARIA DE CIENCIA Y TECNOLOGIA del MINISTERIO DE CULTURA Y EDUCACION.
Artículo 3: El CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS (CONICET) tendrá las siguientes funciones:
  1. Fomentar y subvencionar la investigación científica y tecnológica, y las actividades de apoyo a las mismas, tanto en el sector público como privado, que apunten al avance científico y tecnológico en el país, al desarrollo de la economía nacional y al mejoramiento de la calidad de vida, respetando los lineamientos establecidos por el Gobierno Nacional.
  2. Fomentar el intercambio y la cooperación científica-tecnológica dentro del país y con el extranjero.
  3. Otorgar subsidios a proyectos de investigación.
  4. Otorgar pasantías y becas para la capacitación y perfeccionamiento de egresados universitarios o para la realización de investigaciones específicas, en el país o en el extranjero.
  5. Organizar y subvencionar institutos, laboratorios y centros de investigación, los que podrán funcionar en universidades y otras instituciones oficiales o privadas o bajo la dependencia directa del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS (CONICET).
  6. Administrar las Carreras del Investigador Científico y Tecnológico, y del Personal de Apoyo a la Investigación y Desarrollo.
  7. Instituir premios, créditos y otras acciones de apoyo a la investigación científica.
  8. Brindar asesoramientos a entidades públicas y privadas en el ámbito de su competencia.
TITULO II: DE LA CONDUCCION DEL CONICET
Artículo 4: El CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS (CONICET) será conducido por UN (1) Directorio integrado por OCHO (8) miembros y UN (1) Presidente, designados por el PODER EJECUTIVO NACIONAL.
Artículo 5: El Presidente será propuesto por el MINISTERIO DE CULTURA Y EDUCACION, y los OCHO (8) miembros restantes del Directorio surgirán de ternas propuestas al PODER EJECUTIVO NACIONAL y constituidas de la siguiente manera:
  1. CUATRO (4) ternas electas por los investigadores activos en cada una de las grandes áreas del conocimiento que se mencionan a continuación:
  1. Ciencias Sociales y Humanidades
  1. Ciencias Biológicas y de la Salud
  2. Ciencias Exactas y Naturales (no Biológicas)
  3. Ciencias Agrarias, de Ingeniería y de Materiales
  1. UNA (1) terna propuesta por el Consejo de Universidades establecido por la Ley N°24.521.
  2. UNA (1) terna propuesta por las organizaciones representativas de la industria.
  3. UNA (1) terna propuesta por las organizaciones representativas del agro.
  4. UNA (1) terna propuesta por los máximos organismos responsables de la ciencia y la tecnología de los Gobiernos Provinciales y el Gobierno Autónomo de la Ciudad de Buenos Aires.
Artículo 6: Los miembros del Directorio durarán CUATRO (4) años en sus funciones siendo renovados por mitades cada DOS (2) años.
Artículo 7: Para ser miembro del Directorio se requiere poseer nacionalidad argentina y gozar de reconocida jerarquía científica a nivel nacional e internacional, y/o haber demostrado capacidad para la realización de desarrollos tecnológicos originales reconocidos a nivel nacional o internacional, y/o tener reconocida trayectoria como empresario innovador, y/o haberse destacado como especialista en gestión y planeamiento de actividades científicas y/o tecnológicas. Las propuestas a las que hace referencia el artículo 5°, inciso b), c), d) y e), deberán estar acompañadas de una descripción de los antecedentes de los candidatos que avalen sus méritos y merecimientos para ser miembros del Directorio. Las propuestas procurarán cubrir diferentes localizaciones regionales de modo que la elección por parte del PODER EJECUTIVO NACIONAL permita una composición federal equilibrada.
Artículo 8: A los fines del artículo 5°, incisos c) y d), el CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS (CONICET) establecerá la nómina de las entidades a ser convocadas para acordar las respectivas propuestas de ternas.
Artículo 9: A los fines del artículo 5°, inciso a), el CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS (CONICET) establecerá las condiciones requeridas para ser elector y elaborará en oportunidad de cada renovación del Directorio y con la debida anticipación los padrones por áreas de los investigadores activos con capacidad de ser electores. Asimismo elaborará un listado de investigadores con suficiente idoneidad y trayectoria para ser candidatos a integrar las ternas a ser electas. Cada elector podrá votar hasta por TRES (3) candidatos de su respectiva área del conocimiento los que deberán pertenecer a diferentes regiones del país. En oportunidad de cada renovación del Directorio, el CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS realizará una convocatoria pública para inscribirse en el respectivo padrón. El proceso de confección de los padrones será público.
Artículo 10: El Presidente del Directorio sólo ejercerá derecho a voto en caso en que la votación de los restantes OCHO (8) miembros resulte en empate.
Artículo 11: El Directorio del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS (CONICET) elegirá entre sus miembros DOS (2) Vicepresidentes, UNO (1) de Asuntos Científicos y otro de Asuntos Tecnológicos.
Artículo 12: El Presidente y los Vicepresidentes durarán en sus funciones DOS (2) años, pudiendo ser reelegidos por otro período consecutivo una sola vez.
Artículo 13: El Presidente y los Vicepresidentes desempeñarán sus funciones con dedicación completa y tendrán las retribuciones equivalentes al cargo de Subsecretario en los términos de los artículos 1° y 2° del Decreto N° 838 del 27 de mayo de 1994 y al Nivel A-Grado 8 con Funciones Ejecutivas de Nivel 1 del Escalafón aprobado por el Decreto N° 993 de fecha 27 de mayo de 1991 (t.o. 1995), respectivamente. Los restantes miembros del directorio solo percibirán honorarios en función de la asistencia a las reuniones del mismo. El valor de los honorarios será determinado por resolución del Secretario de Ciencia y Tecnología del MINISTERIO DE CULTURA Y EDUCACION, previa intervención de la COMISION TECNICA ASESORA DE POLITICA SALARIAL DEL SECTOR PUBLICO.
En virtud de lo establecido en el presente artículo, exclúyese al CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS (CONICET) de lo dispuesto por la Resolución Conjunta S.G.P.N. y M.E.Y O.S.P. N° 29 del 30 de septiembre de 1992.
Artículo 14: Los miembros del Directorio actuarán con independencia de criterio y no en representación de sus proponentes.
Artículo 15: En caso de renuncia o fallecimiento de un miembro del Directorio exceptuado su Presidente, el PODER EJECUTIVO NACIONAL designará un reemplazante para completar el período de funciones de quien se trate, de entre aquellos postulantes que hubieran integrado junto con el renunciante o fallecido la terna sobre cuya base se efectuó la designación original.
Artículo 16: Serán atribuciones del Directorio:
  1. Adquirir, administrar y enajenar bienes de toda clase, para el cumplimiento de sus finalidades.
  2. Aceptar herencias, legados y donaciones, con o sin cargo.
  3. Estar en juicio, como actor o demandado, con relación a aquellos derechos de que pueda ser titular.
  4. Proyectar su presupuesto anual y cálculo de recursos.
  5. Designar, remover y sancionar al personal científico, técnico y administrativo, conforme a las leyes vigentes.
  6. Contratar científicos y técnicos, nacionales o extranjeros.
  7. Celebrar y refrendar acuerdos, convenios y contratos referidos a sus objetivos y actividades.
  8. Asignar y otorgar recursos para el cumplimiento de sus fines.
  9. Determinar las competencias funcionales atinentes a la suscripción de los actos administrativos propios del organismo.
  10. En general, realizar cuantos más actos fuesen necesarios para el debido cumplimiento de sus finalidades.
Artículo 17: El Presidente del Directorio del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS (CONICET) tendrá las siguientes funciones:
  1. Ejercer la representación legal del organismo, tanto administrativa, judicial como extrajudicial.
  2. Presidir las reuniones.
  3. Suscribir los actos administrativos propios de sus atribuciones.
  4. Adoptar las medidas de estricta urgencia que corresponda, dando inmediata intervención al Directorio.
  5. Ejecutar las resoluciones del Directorio conduciendo a tal efecto la actividad del organismo a través de sus Vicepresidentes y otros funcionarios de su dependencia directa.
Artículo 18: Los Vicepresidentes de Asuntos Científicos y de Asuntos Tecnológicos, tendrán la responsabilidad de coordinar las tareas de evaluación, fomento y ejecución de las actividades propias de la investigación científica y de la investigación y desarrollo tecnológicos, respectivamente. En caso de ausencia, imposibilidad o vacancia temporarios del Presidente, éste, o en su defecto el Directorio, designará el Vicepresidente que ejercerá la Presidencia.
TITULO III: DE LA GESTION Y CONTROL
Artículo 19: La gestión del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS (CONICET), deberá estar dirigida a:
  1. Implementar las políticas del Gobierno Nacional expresadas a través del Plan Nacional Plurianual de Ciencia y Tecnología, la Ley de Presupuesto y otras pautas que determine la SECRETARIA DE CIENCIA Y TECNOLOGIA del MINISTERIO DE CULTURA Y EDUCACION.
  2. Asegurar que toda asignación de fondos respete el criterio de calidad, mérito y pertinencia, por encima de toda otra consideración.
  3. Asegurar que todos los procedimientos cumplan con reglas previamente establecidas, sean públicos y se ajusten a normas éticas universalmente aceptadas a fin de evitar conflictos de interés.
  4. Dotar al organismo de una administración eficiente, medida en términos de referencia internacionales, procurando la máxima capacitación de su personal.
  5. Asegurar que el organismo esté totalmente orientado al servicio de los grupos de trabajo que ejecutan tareas de investigación científica y tecnológica, facilitando en todo lo que sea posible las gestiones que los involucren.
  6. Separar claramente sus obligaciones y responsabilidades de evaluación, de aquéllas vinculadas al gerenciamiento de las Unidades Ejecutoras.
  7. Desarrollar mecanismos de descentralización operativa en lo que se refiere a las Unidades Ejecutoras.
Artículo 20: Sin perjuicio de las medidas que en cumplimiento del artículo anterior disponga el Directorio, se deberá prever:
  1. La edición y publicación de un Boletín Oficial de Resoluciones del Directorio, y su difusión pública.
  2. La estricta aplicación de la Ley N° 20.464, Estatuto de las Carreras del Investigador Científico y Tecnológico, y del Personal de Apoyo a la Investigación y Desarrollo.
  3. Que quienes ejerzan la responsabilidad de evaluar y/o decidir, deberán excusarse en toda situación en que se presenten conflictos de interés.
  4. Que las evaluaciones respeten el pluralismo de corrientes de pensamiento, teorías y líneas de investigación.
  5. Que la evaluación de la calidad y mérito de la actividad científica y/o tecnológica contemple indicadores múltiples de desempeño, los que deberán respetar las particularidades de las disciplinas y áreas del conocimiento, su impacto en el desarrollo del conocimiento universal y su contribución al conocimiento nacional y al desarrollo económico y social de la Argentina.
  6. En caso que el Directorio decida apartarse de las recomendaciones de las Comisiones Asesoras y de la Junta de Calificación y Promoción relativas a la aplicación de la Ley N°20.464, deberá hacerlo por razones fundadas que deberán ser públicas.
Artículo 21: Para asegurar el cumplimiento de las pautas indicadas en los artículos 19 y 20, el CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS (CONICET), deberá instrumentar las medidas adecuadas para realizar un control periódico de las mismas, sin perjuicio de las evaluaciones que con tal propósito disponga la SECRETARIA DE CIENCIA Y TECNOLOGIA del MINISTERIO DE CULTURA Y EDUCACION.
TITULO IV: DEL FOMENTO Y EJECUCION DE LAS ACTIVIDADES CIENTIFICAS Y TECNOLOGICAS
Artículo 22: El CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS (CONICET), orientará el apoyo de las actividades científicas y tecnológicas que realice o promueva en función del Plan Nacional Plurianual de Ciencia y Tecnología, y los lineamientos de política que le transmita la SECRETARIA DE CIENCIA Y TECNOLOGIA del MINISTERIO DE CULTURA Y EDUCACION, y asegurando que las mismas cumplan con los requisitos de calidad, mérito y pertinencia que defina el propio Organismo.
Artículo 23: Los instrumentos de promoción que utilizará el CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS (CONICET) son:
  1. Becas, pasantías o apoyos para la ejecución de tareas de investigación y desarrollo que puedan efectuarse en el país o en el exterior.
  2. Carreras del Investigador Científico y Tecnológico, y del Personal de Apoyo a la Investigación y Desarrollo.
  3. Subsidios para desarrollar tareas de investigación y desarrollo, edición y/o adquisición de publicaciones, realización de reuniones científicas y adquisición de bienes.
  4. Otras no especificadas que a juicio del Directorio sean convenientes para el cumplimiento de sus objetivos.
Artículo 24: Son becas los estipendios que a título de promoción, sin implicancia alguna de relación de dependencia presente o futura, se abonan para la formación de posgrado, preferentemente de doctorado, o trabajos de posdoctorado en el país o en el extranjero. Las becas internas para la formación de posgrado estarán limitadas a los programas y carreras acreditados por la COMISION NACIONAL DE EVALUACION Y ACREDITACION UNIVERSITARIA.
Artículo 25: El Directorio determinará el número y tipo de becas que anualmente se concursará, en virtud de lo cual considerará las prioridades por disciplina, la distribución por regiones del país y el desarrollo previsto de las Carreras del Investigador Científico y Tecnológico, y del Personal de Apoyo a la Investigación y Desarrollo. Asimismo establecerá el reglamento de admisión, permanencia y criterios de valoración que serán previos y públicos, como así también los mecanismos de coordinación con programas de universidades, programas especiales de la SECRETARIA DE POLITICAS UNIVERSITARIAS, y de la SECRETARIA DE CIENCIA Y TECNOLOGIA, ambas del MINISTERIO DE CULTURA Y EDUCACION, y programas de organismos no gubernamentales.
Artículo 26: Son pasantías los estipendios que se otorgan para realizar estadías de corta duración en institutos o centros de investigación del país o del extranjero con miras a perfeccionar técnicas, adquirir destrezas o finalizar trabajos científicos o tecnológicos. El CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS (CONICET), reglamentará los alcances, requisitos de calidad de los postulantes y monto global a asignar anualmente a esta finalidad.
Artículo 27: Los únicos mecanismos institucionales de incorporación de personal científico y técnico al CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS (CONICET) son aquellos previstos en la Ley N° 20.464.
Artículo 28: El Personal de Apoyo que ingrese a la Carrera a partir de la fecha, será afectado exclusivamente a tareas dirigidas por miembros de la Carrera del Investigador Científico y Tecnológico en Unidades Ejecutoras del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS (CONICET), propias o en convenio con terceros.
Artículo 29: Son subsidios los fondos que se otorgan para proyectos de investigación científica y tecnológica, y para el funcionamiento de los Institutos, Centros y Laboratorios (Unidades Ejecutoras) del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS (CONICET). El Directorio determinará los montos a afectar por ejercicio fiscal, los que no podrán comprometer incrementos presupuestarios automáticos para ejercicios financieros siguientes. Con base en las disponibilidades presupuestarias el Directorio determinará el monto a afectar, y reglamentará las condiciones y obligaciones en cada caso, como asimismo los patrones de calidad y eficiencia que se requerirán, que serán públicos y dados a conocer con anticipación al llamado a concurso.
Artículo 30: El régimen de otorgamiento de subsidios deberá ser motivo de un manual operativo que describa la forma de aplicación de los fondos, los mecanismos de control y de rendición de los mismos, en el marco del régimen de administración financiera establecido por la Ley N° 24.156 y normas complementarias, y deberá guiarse de acuerdo a los siguientes criterios:
  1. Estar orientados principalmente a iniciativas en las que participen investigadores de la Carrera del Investigador Científico y Tecnológico del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS (CONICET).
  2. Las iniciativas promovidas por grupos que no pertenezcan a Unidades Ejecutoras del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS (CONICET), ni cuenten con investigadores miembros de la Carrera del Investigador Científico Tecnológico, deberán ser cofinanciadas.
  3. El financiamiento de iniciativas correspondientes a grupos pertenecientes a Unidades Ejecutoras del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS (CONICET), será canalizado a través de la Dirección de la Unidad Ejecutora.
  4. Los subsidios no podrán utilizarse para contratar personal, adquirir equipamiento de mediana o alta complejidad, y adquirir o construir edificios, objetos de otros mecanismos de asignación de fondos.
  5. La información correspondiente a los recursos otorgados deberá ser pública.
Artículo 31: El CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS (CONICET) determinará los requisitos mínimos para la existencia de Unidades Ejecutoras (Institutos, Centros o Laboratorios), según sea el caso, los que contemplarán el número mínimo de investigadores, personal de apoyo y líneas de investigación según corresponda y la idoneidad de la Dirección. En los supuestos de Unidades Ejecutoras en asociación con terceros, los convenios asociativos deberán prever una participación equitativa de las partes en lo que se refiere a los gastos de funcionamiento básico de las Unidades.
Los Programas no constituyen Unidades Ejecutoras y son instrumentos de promoción de la actividad científica-tecnológica que no cuentan con infraestructura significativa propia y permiten alcanzar un objetivo de investigación específico. Su duración está limitada al objeto de su creación.
Artículo 32: Las Unidades Ejecutoras tendrán un Director designado por concurso público y abierto, que presidirá un Consejo Directivo integrado por los investigadores de mayor jerarquía de la Unidad, elegidos por el personal de la misma. El Director ejercerá la representación de la Unidad y será responsable de la administración de los recursos económicos que reciba, ajustándose al régimen de administración financiera de la Ley N° 24.156 y normas complementarias, actuando por cuenta y orden del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS (CONICET). El Consejo Directivo determinará las prioridades de trabajo y lineamientos generales de funcionamiento y designará un síndico entre sus miembros. El Directorio del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS (CONICET) podrá designar representantes que participen en las reuniones de Consejo Directivo de las diferentes Unidades Ejecutoras con el objeto de tomar contacto directo con los asuntos que conciten el mayor interés de las mismas.
Artículo 33: La creación de nuevas Unidades Ejecutoras requerirá el voto favorable de al menos dos tercios de los miembros del Directorio y, en caso de aprobarse, deberá prestarse especial atención a que la nueva Unidad se cree en asociación con otra(s) institución(es) que comparta(n) con el CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS (CONICET), los gastos de funcionamiento en términos comparables.
TITULO V: DE LA EVALUACION DE LAS ACTIVIDADES DEL CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS (CONICET)
Artículo 34: El Directorio establecerá los sistemas de evaluación de la calidad de los diferentes objetos de evaluación, a saber, proyectos de investigación, pedidos de subsidios, miembros de las Carreras del Investigador Científico y Tecnológico, y del Personal de Apoyo a la Investigación y Desarrollo, becarios, centros, institutos y programas, y la gestión del propio Organismo.
Artículo 35: Los criterios de evaluación contemplarán las particularidades propias y diferenciadas de las actividades científicas y las actividades tecnológicas, como también las características propias de cada área del conocimiento, manteniendo en todos los casos la calidad como objetivo prioritario de los mismos.
En particular el CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS (CONICET), deberá tener en cuenta que la evaluación de proyectos de investigación tecnológica requiere además del análisis de la calidad técnica intrínseca, una evaluación económica e identificación del interés efectivo de los destinatarios (usuarios). A su vez, deberá tener en cuenta que la evaluación de los investigadores científicos y tecnológicos supone considerar las diferentes lógicas y prácticas de trabajo y formas de presentación y evaluación de resultados e impactos distintos del quehacer científico y del quehacer tecnológico.
La evaluación de los proyectos y del personal científico-tecnológico se basará en la opinión de pares, entendiendo por tales a personas nacionales o extranjeras de reconocida trayectoria científica y/o tecnológica que se expedirán sobre la calidad y méritos, sin perjuicio de otras instancias. En la evaluación de Unidades Ejecutoras participarán además de los pares, especialistas en gestión científica y tecnológica y en actividades gerenciales, y cuando corresponda, expertos del sector de producción de bienes y servicios.
TITULO VI: DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Artículo 36: El plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles para la normalización del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS (CONICET), establecido por el artículo 1° del Decreto N° 747/96, se modifica por el plazo de NOVENTA (90) días hábiles a partir de la publicación del presente decreto.
Artículo 37: Para la integración del primer Directorio los padrones de electores referidos en el artículo 5°, inciso a), y 9°, estarán constituidos por todos los miembros de la Carrera del Investigador Científico y Tecnológico que revisten como tales a la fecha de la publicación del presente Decreto.
Artículo 38: Serán candidatos para las ternas a las que hace referencia el artículo 5°, inciso a), los miembros de la Carrera del Investigador Científico y Tecnológico en las categorías de Superior y Principal y aquéllos nominados por las Academias Nacionales, Organismos Científicos y Tecnológicos y Sociedades Científicas que determine la Intervención.
Artículo 39: Los candidatos nominados por las Academias Nacionales, Organismos Científicos y Tecnológicos y Sociedades Científicas, deberán cumplir con las condiciones requeridas para ser Investigador Superior o Principal de la Carrera del Investigador Científico y Tecnológico y la nominación deberá ser acompañada por una descripción de los méritos de los candidatos que avalen dichas condiciones. El cumplimiento de estas condiciones será considerado por un jurado constituido por Investigadores Superiores de la Carrera del Investigador Científico y Tecnológico, cuyo dictamen será inapelable.
Artículo 40: Para la integración del primer Directorio las entidades a las que se hace referencia en el artículo 5°, inciso c) serán invitadas: la Confederación General de la Industria, Consejo Argentino de la Industria y la Unión Industrial Argentina.
Artículo 41: Para la integración del primer Directorio las entidades a las que se hace referencia en el artículo 5°, inciso d) serán invitadas: las Confederaciones Rurales Argentinas, CONINAGRO, la Federación Agraria Argentina y la Sociedad Rural Argentina.
Artículo 42: Al constituirse el primer Directorio, sus miembros sortearán a quienes corresponda un mandato por sólo DOS (2) años. Se sortearán independientemente los miembros elegidos de las ternas indicadas en el artículo 5°, inciso a), y los miembros elegidos de las ternas indicadas en el artículo 5°, incisos b), c), d) y e).
Artículo 43: Dentro de los CIENTO OCHENTA (180) días hábiles a partir de la puesta en funciones del primer Directorio, el CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS (CONICET) deberá efectuar una evaluación externa de las Unidades Ejecutoras y Programas bajo su dependencia.
Artículo 44: Sobre la base de los criterios y de la evaluación a que se hace referencia en los artículos 31 y 43, respectivamente, en los casos que corresponda, el Directorio deberá disponer el cierre o fusión de las Unidades Ejecutoras y/o cancelación de programas, o la fijación de un plazo para su finalización, o la reconversión de los mismos en un plazo no mayor de UN (1) año.
Artículo 45: Dentro de los CIENTO OCHENTA (180) días hábiles a partir de la publicación del presente decreto, el CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS (CONICET), deberá renegociar los convenios asociativos con terceros para el funcionamiento de las Unidades Ejecutoras, a fin de asegurar el cofinanciamiento de los gastos de funcionamiento de dichas Unidades.
Artículo 46: En el término de DOSCIENTOS (200) días hábiles a partir de la puesta en funciones del primer Directorio, éste deberá elevar a la SECRETARIA DE CIENCIA Y TECNOLOGIA del MINISTERIO DE CULTURA Y EDUCACION y a la UNIDAD DE REFORMA Y MODERNIZACION DEL ESTADO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, un informe sobre los resultados de la tarea a que se hace referencia en los artículos 44 y 45.
Artículo 47: En el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles a partir de la puesta en funciones del primer Directorio, el CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS (CONICET) deberá realizar una revisión del Estatuto de las Carreras del Investigador Científico y Tecnológico y del Personal de Apoyo a la Investigación y Desarrollo y otras normas complementarias, elevando a la SECRETARIA DE CIENCIA Y TECNOLOGIA del MINISTERIO DE CULTURA Y EDUCACION y a la UNIDAD DE REFORMA Y MODERNIZACION DEL ESTADO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, un informe sobre el estado de situación y las propuestas de modificación de la Ley N° 20.464, del Decreto N° 1572/76 y otras normas vinculadas que considere apropiadas. Esta revisión deberá incluir, entre otros aspectos, los requisitos particulares y criterios de evaluación aplicables al investigador científico y al investigador tecnológico y el régimen de adicionales salariales.
Artículo 48: En el término de SESENTA (60) días hábiles a partir de la publicación del presente decreto, el CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS (CONICET), deberá elaborar el manual operativo al que se hace referencia en el artículo 30 y elevarlo a la SECRETARIA DE CIENCIA Y TECNOLOGIA del MINISTERIO DE CULTURA Y EDUCACION, y a la UNIDAD DE REFORMA Y MODERNIZACION DEL ESTADO de la JEFATURA DE GABINETE MINISTROS.
Artículo 49: Déjase sin efecto la excepción contenida en el artículo 2° del Decreto N° 1091/91, modificado por el artículo 1° del Decreto N° 2205/94, y deróganse los artículos 1° y 2° de esta última norma.
Artículo 50: El CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS (CONICET), adoptará los recaudos a fin de que inicien los trámites para obtener el beneficio jubilatorio, los agentes cuyas edades estén comprendidas en los alcances del régimen general previsional establecido por las Leyes Nros. 24.241 y 24.463, y normas complementarias, con la salvedad establecida en el artículo 20 de la Ley N° 20.464.
Artículo 51: El personal de la Carrera del Investigador Científico y Tecnológico comprendido en el artículo anterior, conforme se jubilen, y en tanto deseen continuar realizando actividades de investigación, podrán ser contratados en el marco del artículo 49 de la Ley N° 20.464 con una retribución que no podrá superar la diferencia entre el monto bruto de la jubilación y la retribución bruta de la categoría de la Carrera en la que revistieron. En tal supuesto se lo considerará como miembro activo de la Carrera.
Artículo 52: El Directorio del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS (CONICET) podrá dictar las disposiciones reglamentarias que resulten menester para establecer, en el supuesto previsto en el artículo anterior, el monto que en cada caso corresponda al beneficio a otorgar, el cual deberá estar vinculado a la dedicación horaria de su prestación.
Artículo 53: El CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS (CONICET) dictará las normas complementarias y aclaratorias necesarias para el cumplimiento del presente decreto.
Artículo 54: Derógase el Decreto-Ley N°1.291/58 y sus modificatorios y complementarios.
Artículo 55: Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Firman: Carlos Saúl Menem, Jorge A. Rodriguez, Susana B. Decibe

martes, 14 de septiembre de 2010

Acta de la comisión directiva - 30 de agosto de 2010

Siendo las 14:25 hs se da comienzo a la reunión de Comisión Directiva de AGD-FCEN.
Presentes: Diana Rubel, Nicolás Botbol, Renata Menéndez Helman
Temario:
1) Informe paro y movilización 26 de agosto
2) Charla Jubilaciones
3) Asamblea interclaustros, CONEAU y fondos YMAD
4) Solidaridad con estudiantes secundarios
5) Informe movilización JCP y entrevista con la Dra. Rovira

1) Informe paro 26 de agosto
Se informa que integrantes de AGD-FCEN participaron de la marcha convocada por la CTA y AGD-UBA en CONADUH.
Se realizaron volanteadas y charlas en algunas materias sobre el motivo del paro. La AGD aprueba la adhesión a la clase pública organizada para el día de mañana por los docentes de TP de la materia Organización del Computador II. Se enviará un mail.
En simultáneo con esta clase pública se reunirá la Csión de Enseñanza que tratará el proyecto de evaluación externa presentado por las autoridades.
El último plenario de CONADUH resolvió un nuevo paro de actividades de 48 hs. para el 16 y 17 de septiembre y la realización d euna Marcha Nacional Educativa para el día 16.

2) Charla Jubilaciones
Se aprueba dar difusión a la charla que se realizará el jueves 2/9 sobre el tema jubilaciones conla presencia del abogado especialista de AGD-UBA y el Secretario General del gremio, Santiago Gándara

3) Asamblea interclaustros
La AGD adhiere y convoca a la asamblea interclaustros prevista para este viernes 3/9. Esta asamblea tendría como temario central: CONEAU y situación de las solicitudes de beca y recepción de fondos de YMAD.

4) Solidaridad con estudiantes secundarios
La AGD se solidariza con la lucha de los estudiantes secundarios por mejoras en la infraestructura de los colegios.

5) Informe movilización JCP y entrevista con la Dra. Rovira
Se informó sobre la movilización de JCP y la entrevista de los becarios con la Presidenta del CONICET, la Dra. Rovira. La Dra. Rovira afirmó que los probblemas presupuestarios (retrasos en el cobro, efectivización de los ingresos a carrera) se originan en un déficit de los fondos girados por la Secretaría de Hacienda de la Nación (lo que contradiría lo referido por el Ministro de CyT). Con respecto al requisito de acreditación de los posgrados para el otorgamiento de becas, no hubo avances en suprimir esta condición y alegó que la decisión estaba fuera de su competencia.

Siendo las 15:30 hs se da por finalizada la reunión de CD de AGD-FCEN.
Firman: Diana Rubel, Nicolás Botbol y Renata Menéndez Helman

Acta de la comisión directiva - 23 de agosto de 2010

Buenos Aires, 23 de agosto de 2010


Siendo las 13:40 hs se da comienzo a la reuniónd e Comisión Directiva de AGD-FCEN.
Presentes: Diana Rubel, Nicolás Botbol, Renata Menéndez Helman, Margarita Do Campo.

Temario:
1) Informe
2) Paro 26/8 y Asamblea 25/8. Materiales de difusión.
3) Asamblea interclaustros
4) Invitación Secretario general AGD-UBA
5) Finanzas


Punto 1): Informe
Se informanopiniones recabadas de docentes en la última semana. Se ha difundiodo la problemática del descuento de la Caja Complementaria. Ha habido buena repercusión del Boletín y habría interesados en enviar notas para el mismo.
Se recuerda que la presentación d elas cartas para pedir el cese del descuento de Caja Complementaria (ítem 272 del recibo) se realizan en Mesa de Entradas y se dirigen al Sr. Decano (se debe tachar de la carta tipo “Depto de Personal”).

Punto 2): Paro 26/8 y Asamblea 25/8. Materiales de difusión.
Se aprueba realizar dos ampliaciones del texto de AGD-UBA y la convocatoria a la Asamblea y mariposas para disfusiónsobre la base del texto consensuado.

Punto 4): Invitación Secretario general AGD-UBA
Se aprueba invitar al Secretario General de AGD-UBA (Santiago Gándara) a la próxima reunión de AGD-FCEN (lunes 30/8, 14 hs) – o en su defecto de no poder en esa fecha a la reunión siguiente.

Punto 3): Asamblea interclaustros
Se acuerda coordinar con el CECEN y demás agrupaciones la realización de una Asamblea interclaustros para tratar las temáticas de los fondos de la megaminería en la Universidad y la CONEAU, durante la primer semana de septiembre.

Punto 5) : Finanzas
Se propuso ratificar el pedido de fondos a la AGD-UBA para saldar la deuda por impresión de: Boletines, notas de desafiliación a la Caja Complementaria, fichas de afiliación a AGD-UBA y publicidad de la Asamblea yu el paro de CONADUH. Así mismo la conformación de una caja chica según lo resuelto la reunión anterior.
A favor: Renata Menéndez Helman, Nicolás Botbol y Diana Rubel

Margarita Do Campo hace constar que los integrantes de la Lista Violeta nos oponemos a que la impresión del Boletín que produjo la Lista 1 sea pagado con fondos de AGD-UBA, dado que lo consideramos un material de la Lista 1y no de la AGD-FCEN.

La Lista 1 deja asentado que el Boletín fue aprobado por la Comisión Directiva de AGD-FCEN. Se ha invitado con antelación a todos los docentes – de la Comisión Directiva o no – a colaborar con notas (ver acta 11/8/2010) y todas las notas recibidas han sido publicadas.

Siendo las 15:10 hs se da por finalizada la reunión de Comisión Directiva.
Firman: Diana Rubel, Renata Menéndez Helman y Nicolás Botbol.

Acta de la comisión directiva - 18 de agosto de 2010

Buenos Aires, 18 de agosto 2010

Siendo las 14:30 hs se da inicio a la reunión de Comisión Directiva de AGD-FCEN.
Presentes (CD): Diana Rubel, Nicolás Botbol, Renata Menéndez Helman, Leandro Zuberman.
Otros presentes: Federico Holik (hasta las 15 hs).

Temario
1) Informe reunión Mesa Ejecutiva
2) Paro 26/8
3) Difusión resultados encuesta Pabellón I
4) Boletín AGD-FCEN
5) Debate sobre el aborto
6) Cambios en la distribución docente iniciado el cuatrimestre
7) Licencias

Ítem 7): Licencias
Se charla acerca del derecho de los docentes auxiliares de solicitar un cuatrimestre libre con goce de haberes. Este derecho es desconocido por muchos docentes y no es aceptado en todos los Departamentos. Se aprueba dar difusión a la Resolución respectiva.

Item 1): Informe reunión Mesa Ejecutiva AGD-UBA
Se realiza el informe de los discutido en Mesa Ejecutiva. El 26/8 se realizará el paro nacional de CONADUH. En Capital Federal se realizará una concentración y movilización al Ministerio de Trabajo junto con la CTA exigiendo el 82% móvil [para las jubilaciones]; la reapertura de la mesa de negociación slaarial y el rechazo al descuento complusivo de la Caja Complementaria.
Con respecto a las citaciones realizadas por la UBA a docentes por incompatibilidades se solicitará al decanato que informe a la AGD el listado de los docentes de la FCEN citados.
Se incluyó en el pliego de reivindicaciones del paro del 26/8 el reclamo por el aumento en los coseguros y seguro por transplante de DOSUBA.
Se realizará una reunión específica con secretarios generales y de Finanzas para discutir las Finanzas de las Comisiones Directivas y la frecuencia de reuniones de Mesa Ejecutiva.

Item 2): Paro 26/8
Se aprueba conbtar con un material para diofundir la asamblea del miércoles 25/8, en vísperas del paro docente.

Siendo als 15:45 hs se retira Leandro Zuberman previo a la firma del acta.

Item 3): Difusión resultados encuesta Pab. I
La Lista 1 propone financiar desde AGD una ampliación xerox con los resultados de la encuesta de docentes y becarios de la Asamblea del Pab. I con el find e difundir la iniciativa realizada por docentes de dicho Pabellón.
A favor: Diana Rubel, Renata Menéndez Helman y Nicolás Botbol. Queda aprobado.

Item 4): Boletín AGD-FCEN
Se deja constancia y se presentan las facturas de los gastos de impresión del Boletín de AGD (1000 boletines, $1089.-) que se rendirán ante el Secretario de Finanzas de AGD-UBA. También se realizaron 1000 fotoduplicaciones de la carta para desafiliarse de la Caja Complementaria.

Item 6): Cambios en la distribución docente…
La AGD-FCEyN resuelve solicitar a las direcciones departamentales que nos e modifiquen las distribuciones docentes una vez comenzado el cuatrimestre, salvo expreso acuerdo de los docentes auxiliares involucrados.

Item 5): Debate sobre el aborto
Esta Csión. Directiva amnifieta su apoyo a la Resolución aprobada por el Consejo Superior de la UBA a favor de la despenalización del aborto y por el derecho al aborto legal, seguro y gratuito.

Acta de la comisión directiva - 11 de agosto de 2010

Buenos Aires 11 de agosto de 2010

Siendo las 12:20 hs se da inicio a la reunión de CD de AGD-FCEN
Integrantes de la Comisión Directiva presentes: Nicolás Botbol, Leandro Zuberman, Renata Menéndez, Diana Rubel, Fabio Kalesnik.
Durante la reunión hubo otros docentes y graduados presentes.

1- Informe de la Asamblea AGD-UBA
2- Asamblea FCEyN
3- Boletín AGD-FCEyN
4- Situación financiera
5- Nuevo horario de reunión

1- Se comentó lo referido a la situación general de la UBA, las 1000 firmas del petitorio por la reapertura de la negociación salarial , los congresales elegidos a CONADUH.

2- a) Propuesta Lista 1-AGD: convocar a Asamblea de docentes y becarios el día 25 de agosto con 3 ejes temáticos: tema salarial y caja complementaria, CONEAU y fondos de la megaminería. Al mismo tiempo, coordinar con el CECEN, la Comisión de LES y JCP para la realización de una Asamblea Interclaustros la semana siguiente.
b) Propuesta Lista Violeta-AGD: propone convocar a una Asamblea Interclaustros en conjunto con CECEN, JCP y otras agrupaciones cuyo temario sea:
1- Aumento salarial
2- Caja Complementaria
3- Fondos YMAD
4- CONEAU
5- LES
6- Otros
También convocar a una CD ampliada la primera semana de clases para discutir los puntos 1 y 2 y preparar la Asamblea mencionada.

A favor de la propuesta de la Lista Violeta-AGD: Fabio Kalesnik y Leandro Zuberman
A favor de la porpuesta Lista 1-AGD: Diana Rubel, Nicolás Botbol y Renata Menéndez.

5- Se acuerda próxima reunión de CD el miércoles 18 a las 14 hs.

Se retira Fabio Kalesnik 13:30 hs.

4- El Secretario de Finanzas informa que recibió de AGD UBA $1200 y que abonó deudas pendientes por fotocopias de alrededor de $790, correspondientes a la anterior Comisión Directiva de AGD-FCEyN.
3- La Lista 1-AGD propone ratificar la decisión de aceptar en el Boletín de AGD todas las notas de los docentes de la FCEN recibidas hasta el 9/8. Notas recibidas: doble exclusiva, CONEAU y becas, caja complementaria, becarios con Barañao, jubilaciones (anuncio actividad), crónicas docentes, problema matemático, DDHH- matrimonio igualitario, AGD nueva etapa, campaña de afiliación (anuncio actividad), deuda externa y presupuesto educativo (dossier).

En general, de recibirse notas con posterioridad a la fecha de cierre, su publicación en el número en elaboración quedará sujeto a la disponibilidad de espacio.
Además, no habiendo propuestas concretas de modificación, se propone aprobar el contenido de la Editorial (incluyendo cambios a la versión original en base a la discusión plantreada en la reunión anterior y con la voluntad de llegar a consenso).

La Lista Violeta-AGD propone la creación de un comité o comisión que se ocupe de consensuar el diseño, la longitud, periodicidad, temas, orden de las notas y otros temas operativos para la realización de un Boletín de AGD-Exactas..

A favor de la propuesta de la Lista 1-AGD: Diana Rubel, Nicolás Botbol, Renata Menéndez.

Durante el tratamiento de este punto se retira Leandro Zuberman.

4- Considerando los fondos necesarios para publicar el Boletín, se solicitará a la Mesa Ejecutiva de AGD-UBA el giro de fondos ($1000) para constituir la caja chica que sustente esta y otras actividades, a cargo de la Secretaria General. Esta deberá rendir cuentas de los gastos a la Secretaría de Finanzas. Este pedido se realiza conforme al Estatuto de AGD-UBA.

Siendo las 15.00 hs finaliza la reunión.

Acta de la comisión directiva - 4 de agosto de 2010

Buenos Aires, 4 de agosto
Presentes: Diana Rubel, Nicolás Botbol, Leandro Zuberman, Renata Menéndez y Fabio Kalesnik.
Temario
1) Informes
2) Boletín AGD.FCEyN
3) Asamblea general
4) Declaración sobre composición de Mesa Ejecutiva
5) Situación financiera

1) Informes:
a) Se informa que no se ha tenido respuesta del Decano a la solicitud de entrevista con la Comisión Directiva
b) Se propone difundir los resultados de la encuesta realizada por la Asamblea de docentes y becarios del Pabellón I, solicitando que la AGD aporte fondos para una gigantografía con los mismos. Leandro Zuberman y Fabio Kalesnik solicitan una semana para evaluar la decisión
c) Caja Complementaria: se informá de la movilización del 3/8 y la entrevista mantenida por miembros de AGD-UBA con el Ministerio de Educación. Además se informa que al día de hoy hay más de 500 docentes de la FCEyN percibiendo el descuento (y se pretende que se generalice a todos los docentes en los próximos meses), de los cuales alrededor de 40 han enviado carta para solicitar la inmediata desafilización de la Caja Complementaria. Se vuelve a insistir a los docentes que verifiquen en los listados (publicados en el local de AGD, PB Pab. 2 a partir de la información oficial) si les están realizando el descuento. Se realizará una nueva solicitud al Decanato acerca del monto de los descuentos a los docentes de esta Casa.
d) Se informa de la docente herida en el Puente Labruna a medidos de julio al retirarse de la FCEyN en un intento de robo y que no sería el primer caso del año.
e) Jubilaciones. Se ha acordado con AGD-UBA la realización de una reunión con el abogado especialista en la facultad durante la última semana de agosto.

3) Se acordó realizar una asamblea en la FCEN para debator la problemática salarial. La fecha se definirá próximaamente.

5) Se insistió en que se presente un estado de situación financiera y se discutió sobre el financiamiento de la AGD-FCEyN. Se reclamará el porcentaje de los aportes que por Estatuto corresponde a la Comisión Directiva. Se informó sobre los descuentos del código 282.

2) Se presenta y discute el texto propuesto para Editorial del Boletín de AGD. El contenido definitivo de dicha Editorial se terminará de definir en la próxima reunión.
Se resuelve aprobar la propuesta de Botbol enviada por mail a la Csion Directiva con fecha 2/8:
Fecha tope de presentación de notas: 9 de agosto
Extensión aproximada de las notas (1 carilla A4, letra tamaño 12).
Se invita a todos los miembros de la Comisión Directiva y docentes de la FCEyN en general a acercar sus aportes para asegurar la pluralidad del Boletín.

4) Se aprueba la declaración referida a la democracia sindical (se adjunta abajo)

Próxima reunión: miércoles 11 a las 12 horas.

Durante el tratamiento del punto 2) se retiran Leandro Zuberman y Fabio Kalesnik, previo a la firma del acta del cierre de la sesión..

A un mes de las elecciones de AGD-UBA
DEFENDAMOS LA DEMOCRACIA SINDICAL EN LA AGD-UBA
La actual conducción de la AGD-UBA pretende negar a la minoría la representación proporcional que se desprende del resultado de las últimas elecciones y alterar a su antojo la composición de los órganos de conducción del gremio. Su intención de crear un órgano de dirección anti-estatutario excluye a 11 de los 18 miembros recientemente electos para integrar la Mesa Ejecutiva de AGD UBA. Se trata de los 11 Secretarios Generales de las Comisiones Directivas de cada unidad académica, principal nexo entre la conducción y los mandatos de base de cada facultad.
Para ello pretende imponer dos decisiones arbitrarias:
1) Violando el principio de proporcionalidad establecido en el Estatuto de nuestro gremio, la actual conducción quiere que el 32 % de votos de la lista opositora (Lista 1 “Frente Democracia y Protagonismo Docente”), se traduzcan en tan sólo un 14 % de representación en el Secretariado de AGD-UBA (1 cargo de 7). Es decir, que 1/3 de los votos se corresponde, según su concepción, con 1/7 de los cargos. A ello se suma que la Junta Electoral, monopolizada por la actual conducción, ni siquiera ha permitido que los apoderados de las listas opositoras presentemos un escrito expresando nuestra disconformidad, ni que firmemos en disidencia las actas donde se pretende validar tan anti-democrático reparto de los cargos. Por ello, nos hemos visto obligados a enviarles una carta documento exigiendo el cumplimiento del Estatuto
2) El Estatuto de AGD-UBA (art. 34) establece con absoluta claridad que la Mesa Ejecutiva del gremio, máxima instancia de conducción, está compuesta por los 7 miembros del Secretariado y por los Secretarios Generales de las Comisiones Directivas de cada Facultad (11 en la actualidad): es decir, 18 miembros en total. No contentos con violar la representación proporcional en la composición del Secretariado, la conducción pretende ahora que la Mesa Ejecutiva esta exclusivamente compuesta por ese Secretariado, excluyendo sin ningún fundamento a los 11 representantes de las Comisiones Directivas, entre los que se cuentan muchos no encuadrados con el oficialismo.
Es decir, la conducción actual, monopolizando la Junta electoral, primero se auto adjudica 6 de los 7 cargos del Secretariado, y luego ese Secretariado se auto proclama como Mesa Ejecutiva del gremio. En otros términos, primero quita a la minoría la representación que le corresponde en el Secretariado, y luego la que le corresponde en la Mesa Ejecutiva por medio de la presencia de los secretarios generales de cada facultad.
Ante este doble atropello, llamamos a la conducción a que reflexione y a que reconozca y practique los principios democráticos elementales en una organización sindical que se proclama anti-burocrática. Y también llamamos todos los docentes a que participen con su opinión y acción para que la AGD continúe creciendo y se consolide como un gremio combativo y democrático capaz de ser el intrumento necesario para luchar por nuestro salario y nuestros derechos.
MIEMBROS ELECTOS / MAYORIA DE LA COMISION DIRECTIVA DE AGD-FCEyN
Diana Rubel (sec. gral), Nicolás Botbol, Renata Menéndez, Marcela Almeida (suplente)
MIEMBROS ELECTOS / MAYORIA DE LA COMISION DIRECTIVA DE AGD-FyL
Octavio Colombo (sec. gral), Adrián Piva, Pablo Volkind, Eduardo Glavich, Fernanda Molina (suplente)
MIEMBROS ELECTOS / MAYORIA DE LA COMISION DIRECTIVA DE AGD-FADU
Gabriel Delisio (sec. gral), Gerardo Biondi, Mariana Puy, Lorena Ihan, Sergio Gagliano (suplente)
MIEMBROS ELECTOS / COMISION DIRECTIVA DE AGD-INGENIERÍA
Alicia Roviglione (sec. gral), Ezequiel Catuogno, Irene Ippolito (suplente)
MIEMBROS ELECTOS / COMISION DIRECTIVA DE AGD-CICLO BÁSICO COMÚN
Gabriela Bandieri
MIEMBROS ELECTOS / COMISION DIRECTIVA DE AGD-CIENCIAS ECONOMICAS
Diego Fernández
MIEMBROS ELECTOS/ COMISION DIRECTIVA DE AGD-CIENCIAS SOCIALES
José Castillo
MIEMBROS ELECTOS / MINORÍA DE LA MESA EJECUTIVA
Lucas Giono, José Castillo, Fernanda Molina (segunda suplente)
MIEMBROS ELECTOS / MINORÍA LA COMISIÓN REVISORA DE CUENTAS
Adrián Piva

Acta de la comisión directiva - 15 de julio de 2010

Bs. As., 15 de Julio de 2010

Siendo las 13.30hs se da inicio a la Comisión Directiva de la AGD-FCEyN.
Presentes: Rubel, Diana; Botbol, Nicolás; Menéndez Helman, Renata;
Zuberman, Leandro.
Firmas.
Temario:
1. Caja Complementaria y demoras en el pago de haberes.
2. Propuesta de movilización a CONICET.
3. Petitorio CONEAU.
4. Solicitada situación presupuestaria y salarial.
5. Régimen de licencias.
6. Actas.
7. Directores de Departamento.

4. Se discutió y acordó la propuesta de realizar una solicitada en la cual se denuncie la situación presupuestaria y salarial en la universidad y el sector de CyT. Se seguirá discutiendo el contenido de la misma.

2. Se acuerda proponer a JCP y al CECEN la realización de una movilización conjunta al CONICET cuando se reúna el directorio para exigir el urgente aumento salarial en camino a la canasta familiar y la eliminación de la acreditación a la CONEAU como requisito de evaluación para becas y subsidios.

3. Se acuerda redactar un proyecto para que la FCEyN exija al CONICET la eliminación de la acreditación a la CONEAU como requisito de evaluación para becas y subsidios; y juntar firmas de adhesión al mismo. Se propondrá a JCP y al CECEN trabajar en conjunto la junta de firmas.

5. Régimen de licencias: Se acordó dar urgente difusión del derecho de los docentes interinos a tomar licencia en su cargo, dada la situación en muchos Departamentos en los que se están negando las mismas.

1. Se informa la petición formal realizada a las autoridades de los casos de docentes a los que se les está haciendo el descuento compulsivo de Caja Complementaria. Se alerta a los docentes sobre la posibilidad de que se generalice el descuento de Caja Complementaria y se insiste en que notifiquen a la AGD si les están realizando este descuento compulsivo. Se informa la situación relevada de algunos docentes que están teniendo problemas en el pago de haberes.

7. Se informa la situación en diversos Departamentos en los que los Directores que asumirán han perdido frente a los votos blancos/nulos de los miembros de sus Departamentos. Se propone propiciar que los docentes auxiliares tengan los mismos derechos que los profesores y puedan presentarse como directores de Departamento.

Siendo las 15.40hs finaliza la reunión de Comisión Directiva
Bs. As., 15 de Julio de 2010

Siendo las 13.30hs se da inicio a la Comisión Directiva de la AGD-FCEyN.
Presentes: Rubel, Diana; Botbol, Nicolás; Menéndez Helman, Renata;
Zuberman, Leandro.
Firmas.

Temario:
1. Caja Complementaria y demoras en el pago de haberes.
2. Propuesta de movilización a CONICET.
3. Petitorio CONEAU.
4. Solicitada situación presupuestaria y salarial.
5. Régimen de licencias.
6. Actas.
7. Directores de Departamento.

4. Se discutió y acordó la propuesta de realizar una solicitada en la cual
se denuncie la situación presupuestaria y salarial en la universidad y el
sector de CyT. Se seguirá discutiendo el contenido de la misma.

2. Se acuerda proponer a JCP y al CECEN la realización de una movilización
conjunta al CONICET cuando se reúna el directorio para exigir el urgente
aumento salarial en camino a la canasta familiar y la eliminación de la
acreditación a la CONEAU como requisito de evaluación para becas y
subsidios.

3. Se acuerda redactar un proyecto para que la FCEyN exija al CONICET la
eliminación de la acreditación a la CONEAU como requisito de evaluación
para becas y subsidios; y juntar firmas de adhesión al mismo. Se propondrá
a JCP y al CECEN trabajar en conjunto la junta de firmas.

5. Régimen de licencias: Se acordó dar urgente difusión del derecho de los
docentes interinos a tomar licencia en su cargo, dada la situación en
muchos Departamentos en los que se están negando las mismas.

1. Se informa la petición formal realizada a las autoridades de los casos
de docentes a los que se les está haciendo el descuento compulsivo de Caja
Complementaria. Se alerta a los docentes sobre la posibilidad de que se
generalice el descuento de Caja Complementaria y se insiste en que
notifiquen a la AGD si les están realizando este descuento compulsivo. Se
informa la situación relevada de algunos docentes que están teniendo
problemas en el pago de haberes.

7. Se informa la situación en diversos Departamentos en los que los
Directores que asumirán han perdido frente a los votos blancos/nulos de
los miembros de sus Departamentos. Se propone propiciar que los docentes
auxiliares tengan los mismos derechos que los profesores y puedan
presentarse como directores de Departamento.

Siendo las 15.40hs finaliza la reunión de Comisión Directiva

Acta de la comisión directiva - 7 de julio de 2010

Buenos Aires, 7 de julio de 2010


Siendo las 15.00 horas se da inicio a la reunión de Comisión Directiva de la Asociación Gremial Docente de la FCEyN.
Presentes: Diana Rubel, Nicolás Botbol, Renata Menéndez, Leandro Zuberman.
Temario:
1.- Informe Asambleas por lugar de trabajo
2.- Situación slaarial y presupuestaria en Universidad y CyT
3.- Funcionamiento Comisión Directiva
4.- Caja Complementaria
5.- Concurso para el logo AGD
6.- No cobro en tiempo y forma de docentes

1.- Se realizó una ronda en la que se comentó lo discutido en la reunión de docentes, becarios y personal de apoyo del 4to piso y la asamblea del Pabellón I
Las problemáticas abordadas fueron centralmente el retraso salarial y el ahogo presupuestario en la universidad y CyT. Se charló en ese marco sobre la movilización de los becarios el 8/7 al Ministerio de CyT.
En el Pabellón I también se discutió sobre la coordinación con otras instancias y se analizaron los resultados de las encuestas realizadas.

2.- Se acordó difundir el petitorio de CONADUH por la reapertura de la Mesa de Negociación salarial. En el marco de los discutido en la asamblea del 4to piso se propone realizar una solicitada con junta de firmas abordando la situación salarial y el ahogo presupuestario en CyT.

4.- y 6.- Gremiales: Caja Complementaria, no cobro en tiempo y forma, licencias.
Se enviará un mail para difundir la situación cada vez más generalizada de descuento compulsivo de caja complementaria para que los docentes podamos organizarnos a través de la AGD-FCEyN por este tema. Quedan encargados de redactar el mismo Nicolás Botbol y Leandro Zuberman.
Se debatió también la situación cada vez más generalizada de problemas en el otorgamiento de licencias (y la arbitrariedad en las reglas diferentes en cada Departamento); y del no cobro en tiempo y forma.

5.- Se comentó la propuesta de concurso para el logo de AGD-FCEyN.

Siendo las 16.15 hs. se retira Leandro Zuberman.
3.- Funcionamiento. Próxima reunión 14 de julio a las 13 horas.
Siendo las 16:30 horas finaliza la reunión de Comisión Directiva.

Firman: Diana Rubel, Nicolás Botbol, Renata Menéndez

Acta de la comisión directiva - 30 de junio de 2010

30 junio 2010
Siendo las 15hs se da inicio a la reunión de Comisión Directiva de la Asociación Gremial Docente de la FCEN.

Presentes:
- Diana Rubel
- Nicolás Botbol
- Renata Menendez
- Fabio Kalesnik

Temario:
1-Resultado de las elecciones Comisión Directiva AGD-FCEN y
proclamación de autoridades
2-Criterio de funcionamiento de la Comisión Directiva de AGD-FCEN.
3-Reunión de presentación de la nueva Comisión Directiva con el Sr.
Decano J. Aliaga.
4-Convocatoria a asamblea de docentes y becarios por lugares de
trabajo, hacia una asamblea general.
5-Gremiales: reclamo de reapertura de paritarias, caja complementaria,
falta de cobro, licencias, etc
6-Movilización de becarios (JCP) y entrevista con el Ministro de
Ciencia y Técnica.
7-Balance finanzas AGD FCEN.
8-Declaración sobre distribución de cargos irregular en la Mesa
Ejecutiva de AGD-UBA.
9- Próxima reunión


1-Se deja asentado el resultado de las últimas elecciones de comisión
directiva AGD-FCEN:

Lista 1 “FRENTE DEMOCRACIA Y PROTAGONISMO DOCENTE” 175 (52%)
Lista Violeta "UNIDAD POR LA GREMIAL”
164 (48%)
Votos en Blanco
16
Votos Nulos
3
Total
358

Asimismo, conforme a este resultado y al estatuto de AGD, la Comision
Directiva de AGD-FCEN para el periodo 2010-2012 queda constituida de
la siguiente forma:
Secretaría General: Diana Rubel
Secretaría Gremial: Nicolás Botbol
Secretaría de Prensa: Fabio Kalesnik
Secretaría de Finanzas: Leandro Zuberman
Vocalía Titular: Renata Menendez
Vocalía Suplente: Marcela Almeida

2- Las reuniones de Comisión directiva de AGD-FCEN serán convocadas
públicamente y tendrán quorum con la presencia de 3 (tres) de los 5
(cinco) miembros de la comisión directiva. En caso de ausencia de un
miembro titular, este podrá ser reemplazado por cualquier docente de
la facultad contando con la autorización por escrito del apoderado de
la lista correspondiente. Sólo en el caso de no presentarse ni el
titular ni ningún suplente autorizado, el vocal suplente podrá
reemplazarlo. Las actas de cada reunión serán difundidas
electrónicamente a la brevedad.

3-Se resuelve solicitar al Sr. Decano J. Aliaga una reunión de
presentación de la nueva Comisión Directiva de AGD-FCEN, con el fin de
establecer un canal de dialogo que permita agilizar la resolución de
las problemáticas docentes.

4- Se acuerda adherir y convocar a las distintas asambleas de docentes
y becarios por lugar de trabajo, con el fin de abordar la temática
gremial en general y salarial en particular, así como la preparación
de una asamblea general de docentes y becarios de la FCEN previa al
inicio del segundo cuatrimestre.

5-Se discutieron los problemas relacionados con descuentos en los
haberes de forma compulsiva (caja complementaria), arbitrarios (impuesto a
las ganancias) y problemas en el cobro en tiempo y forma de salarios
de docentes, becarios e investigadores. En el caso de los docentes
también fue planteado el problema de los pedidos de licencias
denegados. En todos los casos se planteó la necesidad de relevar y
canalizar colectivamente desde la AGD la resolución de estos
problemas.

6- Se adhiere y convoca a la concentración de becarios el dia 8 de
julio 12hs en el Ministerio de Ciencia y Técnica.

7- Se solicito al secretario de finanzas saliente un informe del
estado de cuentas de AGD-FCEN al dia de la fecha.

8- Se aprueba la siguiente declaración referida a la distribución
irregular de cargos de Mesa Ejecutiva de AGD-UBA por parte de la junta
electoral

“Los abajo firmantes, miembros electos de Comisiones Directivas de
AGD-UBA en distintas unidades académicas, reclamamos a las autoridades
competentes de nuestro gremio el respeto del Estatuto vigente de
nuestra Asociación para la distribución de cargos a las listas
intervinientes en los últimos comicios y , por ende, la rectificación
de la proclamación de autoridades –que resolviera incorrectamente la
Junta Electoral en su acta del 19.06.2010- otorgando, como surge de la
aplicación certera de nuestro Estatuto, 2 miembros titulares a la
minoría.

De no hacerlo, además de menoscabar la representación electoral
dispuesta por los votantes con su sufragio –ya que injustamente
reducen a 1/7 de representación a quienes obtuvieron 1/3 de los votos-
vulnera la democracia sindical y la trayectoria de nuestro gremio.”

9- Próxima reunión: Miércoles 7/7, 14hs en el local de AGD pabellón II



Firman:

Diana Rubel

Nicolás Botbol

Renata Menedez

Fabio Kalesnik (se puede firmar algunos puntos en conformidad, otros en disconformidad o aclarar ausencia en otros)

lunes, 13 de septiembre de 2010

Acta de la comisión directiva - 13 de septiembre de 2010

Buenos Aires, 13 de septiembre 2010

Siendo las 14 horas se da inicio a la reunión de Comisión Directiva de AGD-FCEN.
Presentes: Nicolás Botbol, Margarita Do Campo, Diana Rubel, Fabio Kalesnik, Renata Menendez Helman

Temario:
1) Semana por la Educación Pública (16 y 17/9). Mail, volante, mariposa.
2) Situación Mesa Ejecutiva


1) Se acordó entre todos los presentes el texto de mail y afiche para convocar a la Marcha Nacional Educativa convocada por CONADUH en el marco del paro del 16 y 17/9. Se incluye tambien la convocatoria a docentes, becarios y graduados a movilizarse el mismo día al Ministerio de Ciencia y Técnica para exigir que se elimine cualquier condicionamiento vinculado a la CONEAU en la asignación de becas, subsidios e incentivos.


2) La Lista 1 presenta propuesta relacionada con la democracia sindical en AGD UBA.
Siendo las 15:30 hs. se retiran Fabio Kalesnik y Margarita Do Campo.
La propuesta de la Lista 1 es incluir como nota al pie en los mensajes en los que se reenvíen las actas de lo tratado en esta Comisión Directiva el siguiente párrafo:
“Desde la Comisión Directiva de AGD-FCEN, bregando por la democracia gremial, el respeto a la voluntad de los afiliados y el fortalecimiento de nuestra asociación, seguimos reclamando por la incorporación del vocal electo José Castillo al Secretariado de AGD-UBA y la conformación de la Mesa Ejecutiva incluyendo a los 11 Secretarios Generales de las Comisiones Directivas. Estos reclamos son coherentes con el estricto cumplimiento del Estatuto de nuestra Asociación (art. 59 y 34)”.

Siendo las 15:50 se da por finalizada la reunión de Comisión Directiva.
Firman: Nicolás Botbol, Renata Menéndez Herman y Diana Rubel