lunes, 29 de octubre de 2012

Reconocimiento de los derechos laborales en la UNLP

Desde la Universidad Nacional de La Plata (UNLP) nos llegó la siguiente
información que queremos compartir con los docentes de la FCEN. Saludamos
esta iniciativa para avanzar por la conquista de los derechos laborales
para los docentes de las Universidades Nacionales.

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Los Consejeros Graduados se complacen en comunicar que en una sesión
histórica en el Consejo Directivo de la Facultad de Ciencias Naturales y
Museo de la UNLP se aprobó por el voto positivo de nueve de sus catorce
miembros presentes (emitidos por los consejeros Graduados y Profesores) y
las abstenciones de cinco miembros presentes (representantes del Claustro
Estudiantil) un pronunciamiento respecto de derechos laborales
fundamentales del cuerpo docente de la UNLP.
En tal sentido, el Consejo Directivo resolvió "Expedirse a favor de la
presentación elevada por los Consejeros Directivos del Claustro de
Graduados Dres. Fabián Quintero y Paula Posadas, respecto de la adecuación
de las normativas laborales de los docentes universitarios a los
estándares del Derecho laboral vigente. Elévese a sus efectos a la UNLP."
En dicha solicitud, los consejeros precedentemente mencionados
peticionaron ante el Consejo Directivo, para que esta casa de estudios se
expida en favor de que la UNLP adecue las normativas laborales de los
docentes Universitarios a los estándares de derecho laboral establecidos
en el Artículo 14 bis de la Constitución Nacional y los Artículos 8, 16 y
17 de la Ley N° 25.164 de Empleo Público Nacional. Entre los considerandos
la petición se fundamenta en la calidad de Empleado Público Nacional de
los docentes universitarios y las garantías establecidas en el Artículo 14
bis de la Constitución Nacional y el Artículo 17 de la Ley N° 25.164 de
Empleo Público Nacional, marco normativo genérico e irrenunciable que
determina los estándares mínimos de derecho laboral. Se pronuncian además
respecto de que la autonomía universitaria entendida como la capacidad de
la Universidad de establecer internamente su propia ley y regir su
comportamiento por normas que ella misma determine no puede servir de
obstáculo al reconocimiento de los derechos de garantizar la estabilidad
laboral y de conservar el nivel y grado alcanzado por concurso.
Consideramos esto como un avance reivindicatorio en favor de los derechos
irrenunciables de los trabajadores docentes universitarios.

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